- ¿ Como es el Derecho Informatico hoy?
La Informática plantea un nuevo reto a los juristas con la aparición del “Derecho Informático", es decir, el conjunto de normas que regulan las acciones, procesos, productos y relaciones jurídicas surgidas en torno a la informática y sus aplicaciones. Desde esta perspectiva y en relación con el derecho, la informática no se contempla como una herramienta que facilita la aplicación de las normas jurídicas. Aquí la informática es, ella misma, objeto regulado por el derecho. En el Derecho Informático son las mismas acciones, procesos y productos informáticos y las relaciones surgidas de su utilización los que merecen y reciben una atención creciente del legislador (y en su caso de la jurisprudencia o la doctrina) de una parte; y de otra, del derecho vivo, es decir, el que se forma en los despachos jurídicos y en las notarias y crea y regula complejas relaciones específicas.Aquí hay también un problema jurídico y es el de si el Derecho Informático es una nueva rama del derecho al lado de las ya consagradas (civil, penal, procesal, etc) por razón de sus características especiales. Los juristas, para facilitar el análisis y la aplicación de los problemas a la realidad compleja, hemos segmentado intelectual y conceptualmente el análisis y las aplicaciones del derecho, y así han surgido universos conceptuales que tienden a institucionalizarse en las llamadas ramas del derecho. El problema es como esencializar, buscar la razón de ser y delimitar las fronteras entre las posibles ramas del Derecho.La cuestión era si el Derecho Informático debiese estudiarse como un todo, constituyendo una nueva especialidad jurídica en la sociedad informatizada, o por el contrario debería diluirse entre las distintas ramas del Derecho y que cada una de ellas fuese asumiendo la parte que le correspondiese.
- ¿Como sera el dia que egresemos?
Si tomamos como punto de referencia a la información jurídica la convergencia tecnológica a que aludimos se nos presenta como la posibilidad de poder representar, procesar, transmitir cualquier tipo de dato en forma digital. Se abre así un extenso abanico de posibles aplicaciones a desarrollar en las instituciones jurídicas que permite superar el acceso a la información legal producto de la edición electrónica de los boletines oficiales y la diversificación de los servicios de información legal entre otras múltiples posibilidades.
En al ámbito de los procesos jurídicos está presente la posibilidad de interconexión entre los bancos de datos, la agilización de la expedición de servicios registrales de manera remota, así como la posibilidad de mejorar las relaciones de comunicación y participación ciudadana, así como, entre las instituciones, generando las posibilidades de gobierno en línea y la creación de una Red ciudadana.
Otra posibilidad que se abre ante el Derecho es desarrollar como nunca antes los procesos de Derecho Comparado y de Integración Normativa al permitirse el acceso a la legislación ubicada en la red. Esta posibilita también un acercamiento a los ordenamientos normativos para la enseñanza del Derecho y la aplicación de la ley.
Tampoco podemos dejar de identificar la existencia de una Industria de la Información Jurídica Digital, y con ello la necesidad de ordenarla jurídicamente así como crear mejores posibilidades de acceso a la información que ya está en el ciberespacio, sirviéndonos para ello de las herramientas disponibles para la generación de modelos de conocimiento[7] .
Sin embargo, hay que decir que todo eso es posible hoy en día además de por la infraestructura tecnológica por la incidencia que ha tenido y tendrá que continuar teniendo la Informática Jurídica en la Sociedad de la Información, en primer lugar por haber contribuido con el aporte de los bancos de datos hoy accesibles en línea, con la instrumentación de los procesos jurídicos en forma automatizada los cuáles hoy se pueden continuar extendiendo como negocios jurídicos en línea, todo lo cual trae aparejado además la identificación de los nuevos retos.
Esto nos lleva a plantearnos otra interrogante: ¿Cuáles son algunas de las nuevas fronteras?.
Como disciplina en evolución la Informática Jurídica exige de los que nos dedicamos a ella el permanente análisis crítico de la evolución del binomio Informática-Derecho buscando la integración cada vez más sólida entre las disciplinas que lo integran y las crecientes relaciones interdisciplinarias con otras áreas como la documentalística y la lingüística aplicada.
Continuar desarrollando las aplicaciones de la informática al Derecho como una forma de profundizar en las propias valoraciones filosóficas sobre la Ciencia del Derecho, porque no se trata de aplicarla mecánicamente para lograr solo cambios cuantitativos (velocidad, registros de datos) sino sobre todo un cambio de concepción para lograr resultados cualitativos.
viernes, 2 de julio de 2010
lunes, 7 de junio de 2010
T.P Nº9 - Videos sobre delitos informaticos
Hackers chinos, se infiltran en el sistema informatico de EE.UU.
Delitos informaticos. Hay Leyes, pero falta capacitacion en la Justicia.
T.P Nº8 - Definiciones de los delitos informaticos
DEFINICIONES DE LOS DELITOS INFORMATICOS
Concepto de "delitos informáticos".
El delito informático implica actividades criminales que en un primer momento los países han tratado de encuadrar en figurar típicas de carácter tradicional, tales como robos o hurto, fraudes, falsificaciones, perjuicios, estafa, sabotaje, etcétera. Sin embargo, debe destacarse que el uso de las técnicas informáticas ha creado nuevas posibilidades del uso indebido de las computadoras lo que ha propiciado a su vez la necesidad de regulación por parte del derecho.
A nivel internacional se considera que no existe una definición propia del delito informático, sin embargo muchos han sido los esfuerzos de expertos que se han ocupado del tema, y aún cuando no existe una definición con carácter universal, se han formulado conceptos funcionales atendiendo a realidades nacionales concretas.
Por lo que se refiere a las definiciones que se han intentado dar en México, cabe destacar que Julio Téllez Valdés señala que "no es labor fácil dar un concepto sobre delitos informáticos, en razón de que su misma denominación alude a una situación muy especial, ya que para hablar de "delitos" en el sentido de acciones típicas, es decir tipificadas o contempladas en textos jurídicos penales, se requiere que la expresión "delitos informáticos" esté consignada en los códigos penales, lo cual en nuestro país, al igual que en otros muchos no ha sido objeto de tipificación aún".2
Para Carlos Sarzana, en su obra Criminalista e tecnología, los crímenes por computadora comprenden "cualquier comportamiento criminógeno en el cual la computadora ha estado involucrada como material o como objeto de la acción criminógena, como mero símbolo".3
Nidia Callegari define al delito informático como "aquel que se da con la ayuda de la informática o de técnicas anexas".4
Rafael Fernández Calvo define al delito informático como "la realización de una acción que, reuniendo las características que delimitan el concepto de delito, se ha llevado a cabo utilizando un elemento informático o telemático contra los derechos y libertades de los ciudadanos definidos en el título 1 de la constitución española".5
María de la Luz Lima dice que el "delito Electrónico" "en un sentido amplio es cualquier conducta criminógena o criminal que en su realización hace uso de la tecnología electrónica ya sea como método, medio o fin y que, en un sentido estricto, el delito informático, es cualquier acto ilícito penal en el que las computadoras, sus técnicas y funciones desempeñan un papel ya sea como método, medio o fin".6
Julio Téllez Valdés conceptualiza al delito informático en forma típica y atípica, entendiendo por la primera a "las conductas típicas, antijurídicas y culpables en que se tienen a las computadoras como instrumento o fin" y por las segundas "actitudes ilícitas en que se tienen a las computadoras como instrumento o fin".
Por otra parte, debe mencionarse que se han formulado diferentes denominaciones para indicar las conductas ilícitas en las que se usa la computadora, tales como "delitos informáticos", "delitos electrónicos", "delitos relacionados con las computadoras", "crímenes por computadora", "delincuencia relacionada con el ordenador".
En este orden de ideas, en el presente trabajo se entenderán como "delitos informáticos" todas aquellas conductas ilícitas susceptibles de ser sancionadas por el derecho penal, que hacen uso indebido de cualquier medio informático.
Lógicamente este concepto no abarca las infracciones administrativas que constituyen la generalidad de las conductas ilícitas presentes en México debido a que la legislación se refiere a derecho de autor y propiedad intelectual sin embargo, deberá tenerse presente que la propuesta final de este trabajo tiene por objeto la regulación penal de aquellas actitudes antijurídicas que estimamos más graves como último recurso para evitar su impunidad.
HACKER:Es una persona muy interesada en el funcionamiento de sistemas operativos; aquel curioso que simplemente le gusta husmear por todas partes, llegar a conocer el funcionamiento de cualquier sistema informático mejor que quiénes lo inventaron. La palabra es un término ingles que caracteriza al delincuente silencioso o tecnológico. Ellos son capaces de crear sus propios softwares para entrar a los sistemas. Toma su actividad como un reto intelectual, no pretende producir daños e incluso se apoya en un código ético:
-El acceso a los ordenadores y a cualquier cosa le pueda enseñar como funciona el mundo, debería ser limitado y total.-Toda la información deberá ser libre y gratuita.-Desconfía de la autoridad. Promueve la descentralización.-Los Hackers deberán ser juzgados por sus hacks, no por criterios sin sentido como calificaciones académicas, edad, raza, o posición social.-Se puede crear arte y belleza en un ordenador.-Los ordenadores pueden mejorar tu vida.
(...)
Esta visión de ellos no se ajusta a la realidad, que hay una fina línea entre actuar así y producir un daño o caer en la tentación de robar información. Por no hablar que en numerosas legislaciones, el mero hecho de colocarse en un sistema ya es delito . A pesar de ello hay quiénes opinan que el acceso a sí mismo a un sistema, no puede ser considerado a priori como delito, si no se dan los requisitos, objetivos y subjetivos que configuran los tipos penales correspondientes.
Estos suelen ser verdaderos expertos en el uso de las computadoras y por lo general rechazan hacer un uso delictivo de sus conocimientos, aunque no tienen reparo en intentar acceder a cualquier máquina conectada a la red, o incluso penetrar a una Intranet privada, siempre con el declarado fin de investigar las defensas de estos sistemas, sus lados débiles y "anotarse" el mérito de haber logrado burlar a sus administradores. Muchos de ellos dan a conocer a sus víctimas los "huecos" encontrados en la seguridad e incluso sugieren cómo corregirlos, otros llegan a publicar sus hallazgos en revistas o páginas Web de poder hacerlo . El jurista Chileno Manssur, senala que el hacking puede clasificarse en directo y indirecto.
El hacking propiamente dicho, explica este autor, es un delito informatico que consiste en acceder de manera indebida, sin autorización o contra derecho a un sistema de tratamiento de la información, con el fin de obtener una satisfacción de carácter intelectual por el desciframiento de los codigos de acceso o password, no causando danos inmediatos ty tangibles en la victima, o biem por la mera voluntad de curiosear o divertirse de su autor. La voluntad de divertirse generalmente se traducen por paseos por el sistema haciendo alarde de su intromisión. Es lo que se ha llamado JOY RIDING, O PASEOS DE DIVERSIÓN.
Características De esta clase de hacking: el Hacker es una persona experta en materias informaticas y con edad fluctuante entre los 15 y 25 anos de edad es por ello que esta delincuencia se ha denominado "SHORT PANTS CRIMES", es decir, en pantalones cortos, su motivación no es la de causar danos sino de obtener personales atisfacciones y orgullos, basados principalmente en la burla de los sistemas de seguridad dispuestos.
CRACKER:Personas que se introducen en sistemas remotos con la intención de destruir datos, denegar el servicio a usuarios legítimos, y en general a causar problemas. El Pirata informático. Tiene dos variantes:-El que penetra en un sistema informático y roba información o se produce destrozos en el mismo.-El que se dedica a desproteger todo tipo de programas, tanto de versiones shareware para hacerlas plenamente operativas como de programas completos comerciales que presentan protecciones anti-copia.
Cracker es aquel Hacker fascinado por su capacidad de romper sistemas y Software y que se dedica única y exclusivamente a Crackear sistemas.
Para los grandes fabricantes de sistemas y la prensa este grupo es el más rebelde de todos, ya que siempre encuentran el modo de romper una protección. Pero el problema no radica ahí, si no en que esta rotura es difundida normalmente a través de la Red para conocimientos de otros, en esto comparten la idea y la filosofía de los Hackers.
En la actualidad es habitual ver como se muestran los Cracks de la mayoría de Software de forma gratuita a través de Internet. El motivo de que estos Cracks formen parte de la red es por ser estos difundidos de forma impune por otro grupo que será detallado más adelante.
Crack es sinónimo de rotura y por lo tanto cubre buena parte de la programación de Software y Hardware. Así es fácil comprender que un Cracker debe conocer perfectamente las dos caras de la tecnología, esto es la parte de programación y la parte física de la electrónica.
Como su nombre indica se dedican a romper, por supuesto las protecciones y otros elementos de seguridad de los programas comerciales, en su mayoría con el fin confeso de sacar provecho de los mismos del mercado negro. Estos crean códigos para utilizarlos en la copia de archivos. Sus acciones pueden ir desde la destrucción de información ya sea a través de virus u otros medios, hasta el robo de datos y venta de ellos. Ejemplo de su actuar ilegal son los millones de CDs con software pirata que circulan por el mundo entero y de hecho, muchas personas no llegan a sospechar que parte del soft que tienen en sus máquinas, incluso con certificados de garantía de procedencia, es craqueado.
Esto sucede sobre todo en los países del tercer mundo; se agrupan en pequeñas compañías y contratan especialistas de alto nivel. Aunque tratan de cubrirse con el ropaje de la aventura y el desafío tecnológico, los miles y millones de perdidas y los cientos de casos que conocen anualmente la policía y fiscales de todo el mundo, hablan de un interés pecuniario y delictivo que científico. Las herramientas de este espécimen suelen ser potentes editores hexadecimales y debuger's mediante los cuales "desmontonan" los programas, lo que se conoce como ingeniería inversa hasta llegar a las protecciones que son generalmente utilidades de tiempo que se representan en el reloj interno de la máquina o en el sistema operativo para desencadenar una cuenta regresiva que descontará los días posibles a usar el software hasta que el mismo caduque y el usuario este obligado a pagarlo o renunciar a él.
Claro que la prensa, e incluso autoridades del mundo entero, diferencian al estudiante sin recursos que "craquea" un programa para su uso, de los que hacen de ello un negocio, aunque insisten que nadie debe actuar así. Lo cierto es que la principal condición para que florezca el negocio del cracking es el precio, siempre en ascenso y en algunos casos exorbitantes, de los programas de mayor utilidad en contraposición con el del hardware que ha mantenido una tendencia decreciente, por lo que no es de extrañar que con frecuencia el costo del software que soporta una máquina, aun una de última generación, sea superior al de ésta.
PHREAKER:Es el especialista en telefonía(Cracker de teléfono).Un Phreaker posee conocimientos profundos de los sistemas de telefonía, tanto terrestres como móviles. En la actualidad también poseen conocimientos de tarjetas prepago, ya que la telefonía celular las emplea habitualmente. Sin embargo es, en estos últimos tiempos, cuando un buen Phreaker debe tener amplios conocimientos sobre informática, ya que la telefonía celular o el control de centralitas es la parte primordial a tener en cuenta y/o emplean la informática para su procesado de datos.
Estos buscan burlar la protección de las redes públicas y corporativas de telefonía, con el declarado fin de poner a prueba conocimientos y habilidades(en la actualidad casi todas estas redes de comunicaciones son soportadas y administradas desde sistemas de computación), pero también el de obviar la obligatoriedad del pago por servicio, e incluso lucrar con las reproducciones fraudulentas de tarjetas de prepago para llamadas telefónicas, cuyos códigos obtienen al lograr el acceso mediante técnicas de "Hacking" a sus servidores.
Estos tipos con conocimientos de telefonía insuperables conocen a fondo los sistemas telefónicos incluso mas que los propios técnicos de las compañías telefónicas. Ellos han sabido crear todo tipo de cajas de colores con una función determinada. Por ejemplo la caja azul permite realizar llamadas gratuitas, ya que emula el tono de 2600 hz. para desactivar el contador de la centralita.(...)
Actualmente se preocupan mas de las tarjetas prepago, que de estas cajas, ya que suelen operar desde cabinas telefónicas o móviles. Un sistema de retos, es capaz de captar los números de abonado en el aire. De esta forma es posible crear clones de tarjetas telefónicas a distancia.
Dentro de las actuales manifestaciones de phreaking podríamos distinguir:a) Shoulder-surfing: esta conducta se realiza por el agente mediante la observación del código secreto de acceso telefónico que pertenece a su potencial víctima, el cual lo obtiene al momento en que ella lo utiliza, sin que la víctima pueda percatarse de que está siendo observada por este sujeto quien, posteriormente, aprovechará esa información para beneficiarse con el uso del servicio telefónico ajeno.b) Call-sell operations: el accionar del sujeto activo consiste en presentar un código identificador de usuario que no le pertenece y carga el costo de la llamada a la cuenta de la víctima. Esta acción aprovecha la especial vulnerabilidad de los teléfonos celulares y principalmente ha sido aprovechada a nivel internacional por los traficantes de drogas.c) Diverting: consiste en la penetración ilícita a centrales telefónicas privadas, utilizando éstas para la realización de llamadas de larga distancia que se cargan posteriormente al dueño de la central a la que se ingresó clandestinamente. La conducta se realiza atacando a empresas que registren un alto volumen de tráfico de llamadas telefónicas, con el fin de hacer más difícil su detección.d) Acceso no autorizado a sistemas de correos de voz: el agente ataca por esta vía las máquinas destinadas a realizar el almacenamiento de mensajes telefónicos destinados al conocimiento exclusivo de los usuarios suscriptores del servicio. A través de esta conducta el sujeto activo puede perseguir diversos objetivos:d.1) Utilizar los códigos de transferencia de mensajería automática manejados por el sistema.d.2) Lograr el conocimiento ilícito de la información recibida y grabada por el sistema.e) Monitoreo pasivo: por medio de esta conducta el agente intercepta ondas radiales para tener acceso a información transmitida por las frecuencias utilizadas por los teléfonos inalámbricos y los celulares.
En nuestro país actúan de forma más restringida pues el servicio no está plenamente generalizado por lo que las posibilidades de acceso a estos sistemas son más esporádicas que en otros países, divergiendo esto del riesgo; mas los comisores no desaparecen, sólo disminuyen en cantidad. Posteriormente haremos mención en este capítulo referente a la forma en que se manifiestan esta actitud delictiva, analizando a fondo la proyección de estos.
LAMMERS:Aquellos que aprovechan el conocimiento adquirido y publicado por los expertos. Si el sitio web que intentan vulnerar los detiene, su capacidad no les permite continuar mas allá. Generalmente, son despreciados por los verdaderos hackers que los miran en menos por su falta de conocimientos y herramientas propias. Muchos de los jóvenes que hoy en día se entretienen en este asunto forman parte de esta categoría.(...)
GURUS:Son los maestros y enseñan a los futuros Hackers. Normalmente se trata se personas adultas, me refiero a adultas, porque la mayoría de Hackers son personas jóvenes, que tienen amplia experiencia sobre los sistemas informáticos o electrónicos y están de alguna forma hay, para enseñar a o sacar de cualquier duda al joven iniciativo al tema. Es como una especie de profesor que tiene a sus espaldas unas cuantas medallitas que lo identifican como el mejor de su serie. El guru no esta activo, pero absorbe conocimientos ya que sigue practicando, pero para conocimientos propios y solo enseña las técnicas más básicas.(...)
BUCANEROS:En realidad se trata de comerciantes. Los bucaneros venden los productos crackeados como tarjetas de control de acceso de canales de pago. Por ello, los bucaneros no existen en la Red. Solo se dedican a explotar este tipo de tarjetas para canales de pago que los Hardware Crackers, crean. Suelen ser personas sin ningún tipo de conocimientos ni de electrónica ni de informática, pero si de negocios. El bucanero compra al CopyHacker y revende el producto bajo un nombre comercial. En realidad es un empresario con mucha aficción a ganar dinero rápido y de forma sucia.
NEWBIE:Traducción literal de novato. Es alguien que empieza a partir de una WEB basada en Hacking. Inicial-mente es un novato, no hace nada y aprende lentamente. A veces se introduce en un sistema fácil y a veces fracasa en el intento, porque ya no se acuerda de ciertos parámetros y entonces tiene que volver a visitar la pagina WEB para seguir las instrucciones de nuevo.
Es el típico tipo, simple y nada peligroso. Está apartado en un rincón y no es considerado .(...)
TRASHING:Esta conducta tiene la particularidad de haber sido considerada recientemente en relación con los delitos informáticos. Apunta a la obtención de información secreta o privada que se logra por la revisión no autorizada de la basura (material o inmaterial) descartada por una persona, una empresa u otra entidad, con el fin de utilizarla por medios informáticos en actividades delictivas. Estas acciones corresponden a una desviación del procedimiento conocido como reingeniería social.
Estas actividades pueden tener como objetivo la realización de espionaje, coerción o simplemente el lucro mediante el uso ilegítimo de códigos de ingreso a sistemas informáticos que se hayan obtenido en el análisis de la basura recolectada. Esta minuciosa distinción de sujetos según su actuar no son útiles para tipificar el delito pues son sujetos indeterminados, no requieren condición especial; mas vale realizar dicha diferenciación para ubicarnos en el marco en que se desenvuelven y las características de su actuar, favoreciendo con ello el procedimiento penal que se deberá llevar a cabo luego de producirse el delito.
Concepto de "delitos informáticos".
El delito informático implica actividades criminales que en un primer momento los países han tratado de encuadrar en figurar típicas de carácter tradicional, tales como robos o hurto, fraudes, falsificaciones, perjuicios, estafa, sabotaje, etcétera. Sin embargo, debe destacarse que el uso de las técnicas informáticas ha creado nuevas posibilidades del uso indebido de las computadoras lo que ha propiciado a su vez la necesidad de regulación por parte del derecho.
A nivel internacional se considera que no existe una definición propia del delito informático, sin embargo muchos han sido los esfuerzos de expertos que se han ocupado del tema, y aún cuando no existe una definición con carácter universal, se han formulado conceptos funcionales atendiendo a realidades nacionales concretas.
Por lo que se refiere a las definiciones que se han intentado dar en México, cabe destacar que Julio Téllez Valdés señala que "no es labor fácil dar un concepto sobre delitos informáticos, en razón de que su misma denominación alude a una situación muy especial, ya que para hablar de "delitos" en el sentido de acciones típicas, es decir tipificadas o contempladas en textos jurídicos penales, se requiere que la expresión "delitos informáticos" esté consignada en los códigos penales, lo cual en nuestro país, al igual que en otros muchos no ha sido objeto de tipificación aún".2
Para Carlos Sarzana, en su obra Criminalista e tecnología, los crímenes por computadora comprenden "cualquier comportamiento criminógeno en el cual la computadora ha estado involucrada como material o como objeto de la acción criminógena, como mero símbolo".3
Nidia Callegari define al delito informático como "aquel que se da con la ayuda de la informática o de técnicas anexas".4
Rafael Fernández Calvo define al delito informático como "la realización de una acción que, reuniendo las características que delimitan el concepto de delito, se ha llevado a cabo utilizando un elemento informático o telemático contra los derechos y libertades de los ciudadanos definidos en el título 1 de la constitución española".5
María de la Luz Lima dice que el "delito Electrónico" "en un sentido amplio es cualquier conducta criminógena o criminal que en su realización hace uso de la tecnología electrónica ya sea como método, medio o fin y que, en un sentido estricto, el delito informático, es cualquier acto ilícito penal en el que las computadoras, sus técnicas y funciones desempeñan un papel ya sea como método, medio o fin".6
Julio Téllez Valdés conceptualiza al delito informático en forma típica y atípica, entendiendo por la primera a "las conductas típicas, antijurídicas y culpables en que se tienen a las computadoras como instrumento o fin" y por las segundas "actitudes ilícitas en que se tienen a las computadoras como instrumento o fin".
Por otra parte, debe mencionarse que se han formulado diferentes denominaciones para indicar las conductas ilícitas en las que se usa la computadora, tales como "delitos informáticos", "delitos electrónicos", "delitos relacionados con las computadoras", "crímenes por computadora", "delincuencia relacionada con el ordenador".
En este orden de ideas, en el presente trabajo se entenderán como "delitos informáticos" todas aquellas conductas ilícitas susceptibles de ser sancionadas por el derecho penal, que hacen uso indebido de cualquier medio informático.
Lógicamente este concepto no abarca las infracciones administrativas que constituyen la generalidad de las conductas ilícitas presentes en México debido a que la legislación se refiere a derecho de autor y propiedad intelectual sin embargo, deberá tenerse presente que la propuesta final de este trabajo tiene por objeto la regulación penal de aquellas actitudes antijurídicas que estimamos más graves como último recurso para evitar su impunidad.
HACKER:Es una persona muy interesada en el funcionamiento de sistemas operativos; aquel curioso que simplemente le gusta husmear por todas partes, llegar a conocer el funcionamiento de cualquier sistema informático mejor que quiénes lo inventaron. La palabra es un término ingles que caracteriza al delincuente silencioso o tecnológico. Ellos son capaces de crear sus propios softwares para entrar a los sistemas. Toma su actividad como un reto intelectual, no pretende producir daños e incluso se apoya en un código ético:
-El acceso a los ordenadores y a cualquier cosa le pueda enseñar como funciona el mundo, debería ser limitado y total.-Toda la información deberá ser libre y gratuita.-Desconfía de la autoridad. Promueve la descentralización.-Los Hackers deberán ser juzgados por sus hacks, no por criterios sin sentido como calificaciones académicas, edad, raza, o posición social.-Se puede crear arte y belleza en un ordenador.-Los ordenadores pueden mejorar tu vida.
(...)
Esta visión de ellos no se ajusta a la realidad, que hay una fina línea entre actuar así y producir un daño o caer en la tentación de robar información. Por no hablar que en numerosas legislaciones, el mero hecho de colocarse en un sistema ya es delito . A pesar de ello hay quiénes opinan que el acceso a sí mismo a un sistema, no puede ser considerado a priori como delito, si no se dan los requisitos, objetivos y subjetivos que configuran los tipos penales correspondientes.
Estos suelen ser verdaderos expertos en el uso de las computadoras y por lo general rechazan hacer un uso delictivo de sus conocimientos, aunque no tienen reparo en intentar acceder a cualquier máquina conectada a la red, o incluso penetrar a una Intranet privada, siempre con el declarado fin de investigar las defensas de estos sistemas, sus lados débiles y "anotarse" el mérito de haber logrado burlar a sus administradores. Muchos de ellos dan a conocer a sus víctimas los "huecos" encontrados en la seguridad e incluso sugieren cómo corregirlos, otros llegan a publicar sus hallazgos en revistas o páginas Web de poder hacerlo . El jurista Chileno Manssur, senala que el hacking puede clasificarse en directo y indirecto.
El hacking propiamente dicho, explica este autor, es un delito informatico que consiste en acceder de manera indebida, sin autorización o contra derecho a un sistema de tratamiento de la información, con el fin de obtener una satisfacción de carácter intelectual por el desciframiento de los codigos de acceso o password, no causando danos inmediatos ty tangibles en la victima, o biem por la mera voluntad de curiosear o divertirse de su autor. La voluntad de divertirse generalmente se traducen por paseos por el sistema haciendo alarde de su intromisión. Es lo que se ha llamado JOY RIDING, O PASEOS DE DIVERSIÓN.
Características De esta clase de hacking: el Hacker es una persona experta en materias informaticas y con edad fluctuante entre los 15 y 25 anos de edad es por ello que esta delincuencia se ha denominado "SHORT PANTS CRIMES", es decir, en pantalones cortos, su motivación no es la de causar danos sino de obtener personales atisfacciones y orgullos, basados principalmente en la burla de los sistemas de seguridad dispuestos.
CRACKER:Personas que se introducen en sistemas remotos con la intención de destruir datos, denegar el servicio a usuarios legítimos, y en general a causar problemas. El Pirata informático. Tiene dos variantes:-El que penetra en un sistema informático y roba información o se produce destrozos en el mismo.-El que se dedica a desproteger todo tipo de programas, tanto de versiones shareware para hacerlas plenamente operativas como de programas completos comerciales que presentan protecciones anti-copia.
Cracker es aquel Hacker fascinado por su capacidad de romper sistemas y Software y que se dedica única y exclusivamente a Crackear sistemas.
Para los grandes fabricantes de sistemas y la prensa este grupo es el más rebelde de todos, ya que siempre encuentran el modo de romper una protección. Pero el problema no radica ahí, si no en que esta rotura es difundida normalmente a través de la Red para conocimientos de otros, en esto comparten la idea y la filosofía de los Hackers.
En la actualidad es habitual ver como se muestran los Cracks de la mayoría de Software de forma gratuita a través de Internet. El motivo de que estos Cracks formen parte de la red es por ser estos difundidos de forma impune por otro grupo que será detallado más adelante.
Crack es sinónimo de rotura y por lo tanto cubre buena parte de la programación de Software y Hardware. Así es fácil comprender que un Cracker debe conocer perfectamente las dos caras de la tecnología, esto es la parte de programación y la parte física de la electrónica.
Como su nombre indica se dedican a romper, por supuesto las protecciones y otros elementos de seguridad de los programas comerciales, en su mayoría con el fin confeso de sacar provecho de los mismos del mercado negro. Estos crean códigos para utilizarlos en la copia de archivos. Sus acciones pueden ir desde la destrucción de información ya sea a través de virus u otros medios, hasta el robo de datos y venta de ellos. Ejemplo de su actuar ilegal son los millones de CDs con software pirata que circulan por el mundo entero y de hecho, muchas personas no llegan a sospechar que parte del soft que tienen en sus máquinas, incluso con certificados de garantía de procedencia, es craqueado.
Esto sucede sobre todo en los países del tercer mundo; se agrupan en pequeñas compañías y contratan especialistas de alto nivel. Aunque tratan de cubrirse con el ropaje de la aventura y el desafío tecnológico, los miles y millones de perdidas y los cientos de casos que conocen anualmente la policía y fiscales de todo el mundo, hablan de un interés pecuniario y delictivo que científico. Las herramientas de este espécimen suelen ser potentes editores hexadecimales y debuger's mediante los cuales "desmontonan" los programas, lo que se conoce como ingeniería inversa hasta llegar a las protecciones que son generalmente utilidades de tiempo que se representan en el reloj interno de la máquina o en el sistema operativo para desencadenar una cuenta regresiva que descontará los días posibles a usar el software hasta que el mismo caduque y el usuario este obligado a pagarlo o renunciar a él.
Claro que la prensa, e incluso autoridades del mundo entero, diferencian al estudiante sin recursos que "craquea" un programa para su uso, de los que hacen de ello un negocio, aunque insisten que nadie debe actuar así. Lo cierto es que la principal condición para que florezca el negocio del cracking es el precio, siempre en ascenso y en algunos casos exorbitantes, de los programas de mayor utilidad en contraposición con el del hardware que ha mantenido una tendencia decreciente, por lo que no es de extrañar que con frecuencia el costo del software que soporta una máquina, aun una de última generación, sea superior al de ésta.
PHREAKER:Es el especialista en telefonía(Cracker de teléfono).Un Phreaker posee conocimientos profundos de los sistemas de telefonía, tanto terrestres como móviles. En la actualidad también poseen conocimientos de tarjetas prepago, ya que la telefonía celular las emplea habitualmente. Sin embargo es, en estos últimos tiempos, cuando un buen Phreaker debe tener amplios conocimientos sobre informática, ya que la telefonía celular o el control de centralitas es la parte primordial a tener en cuenta y/o emplean la informática para su procesado de datos.
Estos buscan burlar la protección de las redes públicas y corporativas de telefonía, con el declarado fin de poner a prueba conocimientos y habilidades(en la actualidad casi todas estas redes de comunicaciones son soportadas y administradas desde sistemas de computación), pero también el de obviar la obligatoriedad del pago por servicio, e incluso lucrar con las reproducciones fraudulentas de tarjetas de prepago para llamadas telefónicas, cuyos códigos obtienen al lograr el acceso mediante técnicas de "Hacking" a sus servidores.
Estos tipos con conocimientos de telefonía insuperables conocen a fondo los sistemas telefónicos incluso mas que los propios técnicos de las compañías telefónicas. Ellos han sabido crear todo tipo de cajas de colores con una función determinada. Por ejemplo la caja azul permite realizar llamadas gratuitas, ya que emula el tono de 2600 hz. para desactivar el contador de la centralita.(...)
Actualmente se preocupan mas de las tarjetas prepago, que de estas cajas, ya que suelen operar desde cabinas telefónicas o móviles. Un sistema de retos, es capaz de captar los números de abonado en el aire. De esta forma es posible crear clones de tarjetas telefónicas a distancia.
Dentro de las actuales manifestaciones de phreaking podríamos distinguir:a) Shoulder-surfing: esta conducta se realiza por el agente mediante la observación del código secreto de acceso telefónico que pertenece a su potencial víctima, el cual lo obtiene al momento en que ella lo utiliza, sin que la víctima pueda percatarse de que está siendo observada por este sujeto quien, posteriormente, aprovechará esa información para beneficiarse con el uso del servicio telefónico ajeno.b) Call-sell operations: el accionar del sujeto activo consiste en presentar un código identificador de usuario que no le pertenece y carga el costo de la llamada a la cuenta de la víctima. Esta acción aprovecha la especial vulnerabilidad de los teléfonos celulares y principalmente ha sido aprovechada a nivel internacional por los traficantes de drogas.c) Diverting: consiste en la penetración ilícita a centrales telefónicas privadas, utilizando éstas para la realización de llamadas de larga distancia que se cargan posteriormente al dueño de la central a la que se ingresó clandestinamente. La conducta se realiza atacando a empresas que registren un alto volumen de tráfico de llamadas telefónicas, con el fin de hacer más difícil su detección.d) Acceso no autorizado a sistemas de correos de voz: el agente ataca por esta vía las máquinas destinadas a realizar el almacenamiento de mensajes telefónicos destinados al conocimiento exclusivo de los usuarios suscriptores del servicio. A través de esta conducta el sujeto activo puede perseguir diversos objetivos:d.1) Utilizar los códigos de transferencia de mensajería automática manejados por el sistema.d.2) Lograr el conocimiento ilícito de la información recibida y grabada por el sistema.e) Monitoreo pasivo: por medio de esta conducta el agente intercepta ondas radiales para tener acceso a información transmitida por las frecuencias utilizadas por los teléfonos inalámbricos y los celulares.
En nuestro país actúan de forma más restringida pues el servicio no está plenamente generalizado por lo que las posibilidades de acceso a estos sistemas son más esporádicas que en otros países, divergiendo esto del riesgo; mas los comisores no desaparecen, sólo disminuyen en cantidad. Posteriormente haremos mención en este capítulo referente a la forma en que se manifiestan esta actitud delictiva, analizando a fondo la proyección de estos.
LAMMERS:Aquellos que aprovechan el conocimiento adquirido y publicado por los expertos. Si el sitio web que intentan vulnerar los detiene, su capacidad no les permite continuar mas allá. Generalmente, son despreciados por los verdaderos hackers que los miran en menos por su falta de conocimientos y herramientas propias. Muchos de los jóvenes que hoy en día se entretienen en este asunto forman parte de esta categoría.(...)
GURUS:Son los maestros y enseñan a los futuros Hackers. Normalmente se trata se personas adultas, me refiero a adultas, porque la mayoría de Hackers son personas jóvenes, que tienen amplia experiencia sobre los sistemas informáticos o electrónicos y están de alguna forma hay, para enseñar a o sacar de cualquier duda al joven iniciativo al tema. Es como una especie de profesor que tiene a sus espaldas unas cuantas medallitas que lo identifican como el mejor de su serie. El guru no esta activo, pero absorbe conocimientos ya que sigue practicando, pero para conocimientos propios y solo enseña las técnicas más básicas.(...)
BUCANEROS:En realidad se trata de comerciantes. Los bucaneros venden los productos crackeados como tarjetas de control de acceso de canales de pago. Por ello, los bucaneros no existen en la Red. Solo se dedican a explotar este tipo de tarjetas para canales de pago que los Hardware Crackers, crean. Suelen ser personas sin ningún tipo de conocimientos ni de electrónica ni de informática, pero si de negocios. El bucanero compra al CopyHacker y revende el producto bajo un nombre comercial. En realidad es un empresario con mucha aficción a ganar dinero rápido y de forma sucia.
NEWBIE:Traducción literal de novato. Es alguien que empieza a partir de una WEB basada en Hacking. Inicial-mente es un novato, no hace nada y aprende lentamente. A veces se introduce en un sistema fácil y a veces fracasa en el intento, porque ya no se acuerda de ciertos parámetros y entonces tiene que volver a visitar la pagina WEB para seguir las instrucciones de nuevo.
Es el típico tipo, simple y nada peligroso. Está apartado en un rincón y no es considerado .(...)
TRASHING:Esta conducta tiene la particularidad de haber sido considerada recientemente en relación con los delitos informáticos. Apunta a la obtención de información secreta o privada que se logra por la revisión no autorizada de la basura (material o inmaterial) descartada por una persona, una empresa u otra entidad, con el fin de utilizarla por medios informáticos en actividades delictivas. Estas acciones corresponden a una desviación del procedimiento conocido como reingeniería social.
Estas actividades pueden tener como objetivo la realización de espionaje, coerción o simplemente el lucro mediante el uso ilegítimo de códigos de ingreso a sistemas informáticos que se hayan obtenido en el análisis de la basura recolectada. Esta minuciosa distinción de sujetos según su actuar no son útiles para tipificar el delito pues son sujetos indeterminados, no requieren condición especial; mas vale realizar dicha diferenciación para ubicarnos en el marco en que se desenvuelven y las características de su actuar, favoreciendo con ello el procedimiento penal que se deberá llevar a cabo luego de producirse el delito.
viernes, 7 de mayo de 2010
T.P Nº7 Catalogo de Delitos Informáticos
CATALOGO DE DELITOS INFORMATICOS
1- La Ley penal mexicana, mediante Reformas de fecha 17 de mayo del 2000 publicadas en el Diario Oficial de la Federación, se crearon los artículos 211 bis 1 al 211 bis 7 al Código Penal Federal, que en lo medular, tipifican comportamientos -de los llamados hackers o crackers- que atentan contra los sistemas de cómputo que pueden o no, ser parte del sector financiero mexicano. En simple español, en este cuerpo normativo federal se sancionan el que un sujeto tenga acceso ilegal a dichos sistemas y los altere, dañe, modifique o provoque pérdida de información contenida en tales sistemas. (México).
2- Espionaje informático: En el Espionaje informático el agente de la conducta fisgonea los datos computarizados en busca de informaciones sigilosas que posean valor económico. Tal operación se efectiviza por los programas denominados ¨spywares¨. El espionaje informático se ve favorecida por el hecho de que las informaciones se encuentran archivadas en un espacio mínimo y pueden ser transferidas muy fácilmente a otro soporte similar lógico. Este puede ser utilizado para producir considerables pérdidas a una empresa u organización, o ser utilizado con fines políticos de tal manera que pudiera atentar contra la seguridad exterior del Estado. Esta conducta es penada por la Ley Nº 19.223. (Chile).
3- Delitos contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y sistemas informáticos. Artículo 197. Se tipifica en este artículo las conductas que llevan a apoderarse de mensajes de correo electrónico ajenos o accedan a documentos privados sin la autorización de sus titulares. (España).
4- Falsedades: Artículos 386 y ss.- Concepto de documento como todo soporte material que exprese o incorpore datos.- Extensión de la falsificación de moneda a las tarjetas de débito y crédito.- Fabricación o tenencia de programas de ordenador para la comisión de delitos de falsedad. (España).
5- Infracciones a la Propiedad Intelectual a través de la protección de los derechos de autor, Artículos 270 y otros. Especialmente la copia y distribución no autorizada de programas de ordenador y tenencia de medios para suprimir los dispositivos utilizados para proteger dichos programas. (Uruguay).
6- Terrorismo virtual: Desde 2001 el terrorismo virtual se ha convertido en uno de los novedosos delitos de los criminales informáticos los cuales deciden atacar masivamente el sistema de ordenadores de una empresa, compañía, centro de estudios, oficinas oficiales, etc. Un ejemplo de ello lo ofrece un hacker de Nueva Zelandia, Owen Thor Walker (AKILL), quien en compañía de otros hackers, dirigió un ataque en contra del sistema de ordenadores de la Universidad de Pennsylvania en 2008.
7- Tráfico de drogas a través de la red: El narcotráfico se ha beneficiado especialmente de los avances del Internet y a través de éste promocionan y venden drogas ilegales a través de emails codificados y otros instrumentos tecnológicos. Muchos narcotraficantes organizan citas en cafés Internet. Como el Internet facilita la comunicación de manera que la gente no se ve las caras, las mafias han ganado también su espacio en el mismo, haciendo que los posibles clientes se sientan más seguros con este tipo de contacto. Además, el Internet posee toda la información alternativa sobre cada droga, lo que hace que el cliente busque por sí mismo la información antes de cada compra.
8- Spam: El Spam o los correos electrónicos no solicitados para propósito comercial, es ilegal en diferentes grados. La regulación de la ley en cuanto al Spam en el mundo es relativamente nueva y por lo general impone normas que permiten la legalidad del Spam en diferentes niveles. El Spam legal debe cumplir estrictamente con ciertos requisitos como permitir que el usuario pueda escoger el no recibir dicho mensaje publicitario o ser retirado de listas de email.
9- Hostigamiento / Acoso: El hostigamiento o acoso es un contenido que se dirige de manera específica a un individuo o grupo con comentarios derogativos a causa de su sexo, raza, religión, nacionalidad, orientación sexual, etc. Esto ocurre por lo general en canales de conversación, grupos o con el envío de correos electrónicos destinados en exclusiva a ofender. Todo comentario que sea derogatorio u ofensivo es considerado como hostigamiento o acoso.
10- Ciberacoso: es el uso de información electrónica y medios de comunicación tales como correo electrónico, redes sociales, blogs, mensajería instantánea, mensajes de texto, teléfonos móviles, y websites difamatorios para acosar a un individuo o grupo, mediante ataques personales u otros medios. Puede constituir un delito penal. El ciberacoso es voluntarioso e implica un daño recurrente y repetitivo infligido a través del medio del texto electrónico. El ciberacoso puede ser tan simple como continuar mandando e-mails a alguien que ha dicho que no quiere permanecer en contacto con el remitente. El ciberacoso puede también incluir amenazas, connotaciones sexuales, etiquetas peyorativas.
1- La Ley penal mexicana, mediante Reformas de fecha 17 de mayo del 2000 publicadas en el Diario Oficial de la Federación, se crearon los artículos 211 bis 1 al 211 bis 7 al Código Penal Federal, que en lo medular, tipifican comportamientos -de los llamados hackers o crackers- que atentan contra los sistemas de cómputo que pueden o no, ser parte del sector financiero mexicano. En simple español, en este cuerpo normativo federal se sancionan el que un sujeto tenga acceso ilegal a dichos sistemas y los altere, dañe, modifique o provoque pérdida de información contenida en tales sistemas. (México).
2- Espionaje informático: En el Espionaje informático el agente de la conducta fisgonea los datos computarizados en busca de informaciones sigilosas que posean valor económico. Tal operación se efectiviza por los programas denominados ¨spywares¨. El espionaje informático se ve favorecida por el hecho de que las informaciones se encuentran archivadas en un espacio mínimo y pueden ser transferidas muy fácilmente a otro soporte similar lógico. Este puede ser utilizado para producir considerables pérdidas a una empresa u organización, o ser utilizado con fines políticos de tal manera que pudiera atentar contra la seguridad exterior del Estado. Esta conducta es penada por la Ley Nº 19.223. (Chile).
3- Delitos contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y sistemas informáticos. Artículo 197. Se tipifica en este artículo las conductas que llevan a apoderarse de mensajes de correo electrónico ajenos o accedan a documentos privados sin la autorización de sus titulares. (España).
4- Falsedades: Artículos 386 y ss.- Concepto de documento como todo soporte material que exprese o incorpore datos.- Extensión de la falsificación de moneda a las tarjetas de débito y crédito.- Fabricación o tenencia de programas de ordenador para la comisión de delitos de falsedad. (España).
5- Infracciones a la Propiedad Intelectual a través de la protección de los derechos de autor, Artículos 270 y otros. Especialmente la copia y distribución no autorizada de programas de ordenador y tenencia de medios para suprimir los dispositivos utilizados para proteger dichos programas. (Uruguay).
6- Terrorismo virtual: Desde 2001 el terrorismo virtual se ha convertido en uno de los novedosos delitos de los criminales informáticos los cuales deciden atacar masivamente el sistema de ordenadores de una empresa, compañía, centro de estudios, oficinas oficiales, etc. Un ejemplo de ello lo ofrece un hacker de Nueva Zelandia, Owen Thor Walker (AKILL), quien en compañía de otros hackers, dirigió un ataque en contra del sistema de ordenadores de la Universidad de Pennsylvania en 2008.
7- Tráfico de drogas a través de la red: El narcotráfico se ha beneficiado especialmente de los avances del Internet y a través de éste promocionan y venden drogas ilegales a través de emails codificados y otros instrumentos tecnológicos. Muchos narcotraficantes organizan citas en cafés Internet. Como el Internet facilita la comunicación de manera que la gente no se ve las caras, las mafias han ganado también su espacio en el mismo, haciendo que los posibles clientes se sientan más seguros con este tipo de contacto. Además, el Internet posee toda la información alternativa sobre cada droga, lo que hace que el cliente busque por sí mismo la información antes de cada compra.
8- Spam: El Spam o los correos electrónicos no solicitados para propósito comercial, es ilegal en diferentes grados. La regulación de la ley en cuanto al Spam en el mundo es relativamente nueva y por lo general impone normas que permiten la legalidad del Spam en diferentes niveles. El Spam legal debe cumplir estrictamente con ciertos requisitos como permitir que el usuario pueda escoger el no recibir dicho mensaje publicitario o ser retirado de listas de email.
9- Hostigamiento / Acoso: El hostigamiento o acoso es un contenido que se dirige de manera específica a un individuo o grupo con comentarios derogativos a causa de su sexo, raza, religión, nacionalidad, orientación sexual, etc. Esto ocurre por lo general en canales de conversación, grupos o con el envío de correos electrónicos destinados en exclusiva a ofender. Todo comentario que sea derogatorio u ofensivo es considerado como hostigamiento o acoso.
10- Ciberacoso: es el uso de información electrónica y medios de comunicación tales como correo electrónico, redes sociales, blogs, mensajería instantánea, mensajes de texto, teléfonos móviles, y websites difamatorios para acosar a un individuo o grupo, mediante ataques personales u otros medios. Puede constituir un delito penal. El ciberacoso es voluntarioso e implica un daño recurrente y repetitivo infligido a través del medio del texto electrónico. El ciberacoso puede ser tan simple como continuar mandando e-mails a alguien que ha dicho que no quiere permanecer en contacto con el remitente. El ciberacoso puede también incluir amenazas, connotaciones sexuales, etiquetas peyorativas.
jueves, 6 de mayo de 2010
T.P Nº4 Pregunta Clave
¿Por qué elegimos el tema “Pornografía infantil en Latinoamérica” como el problema central de nuestro árbol?
Primero porque este es un tema general, que tiene innumerables causas y efectos, es un problema actual que lamentablemente no solo está afectando a nuestro continente, sino que al mundo entero. Pero pensamos que sería más razonable enfocarnos primeramente en Latinoamérica, los Estados latinoamericanos deberían reunirse y elaborar una ley extraterritorial, para que este delito sea castigado eficientemente.
También organismos los organismos internacionales, como la OEA, ONU, Amnistía Internacional etc., deberían ayudar a los distintos países para la erradicación de este mal, que en lugar de disminuir aumenta cada día más.
Primero porque este es un tema general, que tiene innumerables causas y efectos, es un problema actual que lamentablemente no solo está afectando a nuestro continente, sino que al mundo entero. Pero pensamos que sería más razonable enfocarnos primeramente en Latinoamérica, los Estados latinoamericanos deberían reunirse y elaborar una ley extraterritorial, para que este delito sea castigado eficientemente.
También organismos los organismos internacionales, como la OEA, ONU, Amnistía Internacional etc., deberían ayudar a los distintos países para la erradicación de este mal, que en lugar de disminuir aumenta cada día más.
T.P Nº3 - Arbol de problemas y soluciones
ARBOL DE PROBLEMAS
ARBOL DE SOLUCIONES
Observaciones Finales.
Los organismos encargados de hacer cumplir la ley en algunos países han hecho progresos significativos en la investigación sobre el abuso sexual virtual de niños y jóvenes, en particular mediante la adopción de un planteamiento más centrado hacia las víctimas y a la colaboración. Hay que reconocer, sin embargo, que incluso estos centros nacionales especializados, establecidos desde el Segundo Congreso Mundial, cuentan todavía con insuficientes recursos para afrontar los retos de la investigación del abuso sexual de los niños y los jóvenes en un entorno que está en constante expansión y evolución, ofreciendo así oportunidades sin precedentes a aquellos que cuentan con intenciones dirigidas a la explotación sexual. Por lo tanto, no sólo debe contemplarse la extensión del caso exitoso de modelos de colaboración internacional (como GEMV) o entre modelos sectoriales (como CPEIO en el Reino Unido) a otras jurisdicciones y regiones - aunque esto es claramente una prioridad. Sobre la base de las nuevas tendencias en la delincuencia y las conductas de víctima, y los avances tecnológicos susceptibles de uso indebido, tenemos que hacer frente ahora al futuro a la delincuencia en el entorno virtual del mañana. No es novedoso afirmar esto, dado que las comparaciones de casos de abuso sexual infantil online entre 2001 y 2008 lo han puesto de manifiesto; pero es esencial para asegurar que exista la disposición suficiente de recursos para la investigación y protección de los niños a fin de hacer frente a estos retos, cada vez mayores en los próximos años.
ARBOL DE SOLUCIONES
Observaciones Finales.
Los organismos encargados de hacer cumplir la ley en algunos países han hecho progresos significativos en la investigación sobre el abuso sexual virtual de niños y jóvenes, en particular mediante la adopción de un planteamiento más centrado hacia las víctimas y a la colaboración. Hay que reconocer, sin embargo, que incluso estos centros nacionales especializados, establecidos desde el Segundo Congreso Mundial, cuentan todavía con insuficientes recursos para afrontar los retos de la investigación del abuso sexual de los niños y los jóvenes en un entorno que está en constante expansión y evolución, ofreciendo así oportunidades sin precedentes a aquellos que cuentan con intenciones dirigidas a la explotación sexual. Por lo tanto, no sólo debe contemplarse la extensión del caso exitoso de modelos de colaboración internacional (como GEMV) o entre modelos sectoriales (como CPEIO en el Reino Unido) a otras jurisdicciones y regiones - aunque esto es claramente una prioridad. Sobre la base de las nuevas tendencias en la delincuencia y las conductas de víctima, y los avances tecnológicos susceptibles de uso indebido, tenemos que hacer frente ahora al futuro a la delincuencia en el entorno virtual del mañana. No es novedoso afirmar esto, dado que las comparaciones de casos de abuso sexual infantil online entre 2001 y 2008 lo han puesto de manifiesto; pero es esencial para asegurar que exista la disposición suficiente de recursos para la investigación y protección de los niños a fin de hacer frente a estos retos, cada vez mayores en los próximos años.
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